
Representación parlamentaria
Sebastián Videla Castillo
Representa el Distrito 3, en Región de Antofagasta, e integra la bancada de Independientes.
Consultar perfil oficialActividad en el archivo
Proyectos de su autoría
- 01
Boletín 18818-07 · 26 de octubre de 2026
Modifica la Carta Fundamental para establecer el deber de velar por la integridad y seguridad de los fondos de pensiones y la responsabilidad ante actuaciones que causen perjuicios en estos y en sus afiliados
EN TRAMITACIÓN - 02
Boletín 18329-06 · 5 de junio de 2026
Sanciona la ocupación de bienes nacionales de uso público mediante instalaciones precarias que sirven de base a la comisión de delitos
EN TRAMITACIÓN
Participación en sala
Historial de votos vinculados
Votos nominales asociados a este perfil en proyectos del archivo. Votar un proyecto no implica ser autor o autora de la iniciativa.
Cámara de Diputadas y Diputados · 21 de abril de 2026
Indicación renovada, que agrega un inciso final nuevo al artículo 16 J, incorporado por el artículo 1 del proyecto de ley, del siguiente tenor: “En casos de estudiantes con Necesidades Educativas Especiales (NEE), la revisión debe contar el asesoramiento o presencia de un profesional del equipo de convivencia o del PIE, para asegurar una contención emocional adecuada y evitar que la medida sea percibida como una persecución basada en su condición.”
Instancia: PRIMER TRÁMITE
Proyecto: Boletín 18156-04 · Establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa
Opción registrada: Afirmativo
Consultar fuente oficialCámara de Diputadas y Diputados · 21 de abril de 2026
Indicación renovada que sustituye el inciso final del artículo 16 J incorporado por el artículo 1 del proyecto, por uno del siguiente tenor: “El personal autorizado, capacitado y legalmente habilitado no podrá realizar la revisión de manera forzosa. En caso de negativa del estudiante, este deberá ser inmediatamente trasladado para ser puesto en custodia de sus padres y/o apoderado. Excepcionalmente, ante la negativa, el personal podrá trasladarlo inmediatamente y dejarlo a disposición de alguna de las fuerzas de orden y seguridad pública, siempre y cuando existan indicios serios de la comisión de un crimen o un delito y que implique un riesgo cierto para la seguridad de la comunidad educativa.”
Instancia: PRIMER TRÁMITE
Proyecto: Boletín 18156-04 · Establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa
Opción registrada: Afirmativo
Consultar fuente oficialCámara de Diputadas y Diputados · 21 de abril de 2026
Indicación renovada, que agrega un inciso final nuevo al artículo 16 J, incorporado por el artículo 1 del proyecto de ley, del siguiente tenor: “Sin perjuicio de las limitaciones a su uso establecidas en la ley N° 21.801, las medidas de revisión no podrán extenderse a dispositivos móviles electrónicos de comunicación personal, ni implicar su manipulación, revisión física o digital, acceso a su contenido, ni la exigencia de su desbloqueo o exhibición.”
Instancia: PRIMER TRÁMITE
Proyecto: Boletín 18156-04 · Establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa
Opción registrada: Afirmativo
Consultar fuente oficialCámara de Diputadas y Diputados · 21 de abril de 2026
En votación el artículo 16 J incorporado por el artículo 1 del proyecto, con la salvedad de su inciso final, en los términos aprobados por la Comisión de Educación, cuya votación separada fue solicitada por la diputada Daniela Serrano; y que consta en las páginas 1 a 3 del comparado.
Instancia: PRIMER TRÁMITE
Proyecto: Boletín 18156-04 · Establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa
Opción registrada: Afirmativo
Consultar fuente oficialCámara de Diputadas y Diputados · 21 de abril de 2026
Artículo 87 ter incorporado por el artículo 2 del proyecto, en los términos aprobados por la Comisión de Educación, cuya votación separada ha sido solicitada por las diputadas Daniela Serrano y Emilia Schneider; y que consta en las páginas 5 y 6 del comparado.
Instancia: PRIMER TRÁMITE
Proyecto: Boletín 18156-04 · Establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa
Opción registrada: Afirmativo
Consultar fuente oficialCámara de Diputadas y Diputados · 21 de abril de 2026
Indicación renovada, que agrega un nuevo inciso segundo al artículo 87 ter, incorporado por el artículo 2 del proyecto de ley, del siguiente tenor: “El conjunto de los procedimientos detallados en los incisos precedentes deberán realizarse en la forma más expedita posible, limitándose al tiempo estrictamente necesario para los fines señalados y en ningún caso podrán extenderse más allá de una hora.”
Instancia: PRIMER TRÁMITE
Proyecto: Boletín 18156-04 · Establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa
Opción registrada: Afirmativo
Consultar fuente oficialCámara de Diputadas y Diputados · 21 de abril de 2026
Indicación renovada, que agrega un inciso final nuevo al artículo 16 J, incorporado por el artículo 1 del proyecto de ley, del siguiente tenor: “En todo caso e independiente del resultado del procedimiento, el director del establecimiento educacional deberá informar a los padres o apoderados del estudiante la circunstancia de haberse realizado el control de mochilas o bolsos a su estudiante.”
Instancia: PRIMER TRÁMITE
Proyecto: Boletín 18156-04 · Establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa
Opción registrada: Afirmativo
Consultar fuente oficialCámara de Diputadas y Diputados · 21 de abril de 2026
Indicación renovada, que agrega un nuevo inciso segundo al artículo 87 ter, incorporado por el artículo 2 del proyecto de ley, del siguiente tenor: “En el ejercicio de esta facultad, los funcionarios policiales deberán exhibir su placa y señalar su nombre, grado y dotación, respetando siempre la igualdad de trato, la no discriminación arbitraria y el interés superior del niño, niña o adolescente.”
Instancia: PRIMER TRÁMITE
Proyecto: Boletín 18156-04 · Establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa
Opción registrada: Afirmativo
Consultar fuente oficialCámara de Diputadas y Diputados · 21 de abril de 2026
Artículo 87 ter, incorporado por el artículo 2 del proyecto, con la indicación renovada, que agrega un nuevo inciso segundo del siguiente tenor: “La revisión se hará en el establecimiento educacional, en un espacio privado destinado a tal efecto, con la presencia del director o sostenedor del establecimiento y de la madre, padre, apoderado o tutor del estudiante. Si el padre o apoderado no pudiere asistir a supervigilar el procedimiento, se le deberá informar al estudiante de su derecho a exigir la presencia de otro trabajador del establecimiento de su confianza, quien actuará como garante de sus derechos. Si el estudiante se negare a señalar a un adulto para estos efectos, deberá estar presente un integrante del equipo de convivencia escolar, del PIE o, en su ausencia, de otro docente que conozca al estudiante, para proporcionar contención socioemocional inmediata y asegurar que el procedimiento no interrumpa de forma permanente la trayectoria educativa del estudiante. El procedimiento no podrá realizarse sin la presencia de las personas señaladas y en ningún caso el funcionario policial podrá obstaculizar la supervisión del procedimiento."
Instancia: PRIMER TRÁMITE
Proyecto: Boletín 18156-04 · Establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa
Opción registrada: Afirmativo
Consultar fuente oficialCámara de Diputadas y Diputados · 21 de abril de 2026
Artículo transitorio nuevo propuesto por la indicación renovada, del siguiente tenor: “Artículo transitorio.- Dentro del plazo de seis meses contado desde la publicación de la presente ley, el Ministerio de Educación deberá dictar las orientaciones y lineamientos técnicos para la capacitación del personal de los establecimientos educacionales que pueda participar en los procedimientos de revisión regulados en esta ley. Asimismo, los establecimientos educacionales deberán adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a dichas orientaciones en un plazo máximo de doce meses desde su dictación. Mientras no se dé cumplimiento a lo anterior, las revisiones solo podrán ser realizadas por personal que cuente con capacitación previa en convivencia escolar y resguardo de derechos de niños, niñas y adolescentes.”
Instancia: PRIMER TRÁMITE
Proyecto: Boletín 18156-04 · Establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa
Opción registrada: Afirmativo
Consultar fuente oficialCámara de Diputadas y Diputados · 21 de abril de 2026
Indicación renovada que agrega un inciso final nuevo al artículo 16 J incorporado por el artículo 1 del proyecto, del siguiente tenor: “La medida prevista en este artículo requerirá aprobación previa del Consejo Escolar o de la comunidad educativa, según corresponda.”
Instancia: PRIMER TRÁMITE
Proyecto: Boletín 18156-04 · Establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa
Opción registrada: Afirmativo
Consultar fuente oficialCámara de Diputadas y Diputados · 21 de abril de 2026
Indicación renovada, que agrega un inciso final nuevo al artículo 16 J, incorporado por el artículo 1 del proyecto de ley, del siguiente tenor: “En el contexto de la ejecución de la medida de que trata este artículo, no podrá revisarse ni reproducirse el contenido de cuadernos, agendas, papelería o demás contenido impreso que porte el estudiante. En ningún caso esta prohibición obstará la revisión de los mismos con fines pedagógicos por los docentes durante la realización de clases u otros profesionales de la educación para efectos de comunicación con su apoderado. La revisión de estos elementos constituirá una afectación al derecho a la vida privada del estudiante.”
Instancia: PRIMER TRÁMITE
Proyecto: Boletín 18156-04 · Establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa
Opción registrada: Afirmativo
Consultar fuente oficialCámara de Diputadas y Diputados · 21 de abril de 2026
Artículo 16 J incorporado por el artículo 1 del proyecto, con la indicación renovada, que agrega los siguientes incisos cuarto y quinto nuevos: “El personal responsable de la revisión deberá contar con capacitación en enfoque de derechos de niños, niñas y adolescentes; en protocolos de actuación en contextos educativos; en técnicas de prevención y manejo de situaciones de conflicto; y en el conocimiento del marco normativo aplicable, conforme a las orientaciones que imparta el Ministerio de Educación. Sin perjuicio de lo anterior, el procedimiento deberá ejecutarse resguardando el deber de evitar cualquier forma de contacto físico o exposición innecesaria de los involucrados, y realizarse en lugares especialmente designados para tales fines.”
Instancia: PRIMER TRÁMITE
Proyecto: Boletín 18156-04 · Establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa
Opción registrada: Afirmativo
Consultar fuente oficialCámara de Diputadas y Diputados · 21 de abril de 2026
Indicación renovada que agrega una frase final al numeral 2) del artículo 5 del proyecto, del siguiente tenor: “, a menos que dicha interrupción o alteración se haya producido con ocasión del ejercicio del derecho a la huelga legal de los trabajadores de la educación o de otro estamento de la comunidad educativa; o a raíz de movilizaciones estudiantiles aprobadas democráticamente por los órganos deliberativos del cuerpo estudiantil.”
Instancia: PRIMER TRÁMITE
Proyecto: Boletín 18156-04 · Establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa
Opción registrada: Afirmativo
Consultar fuente oficialCámara de Diputadas y Diputados · 13 de abril de 2026
Votación general
Instancia: PRIMER TRÁMITE
Opción registrada: Afirmativo
Consultar fuente oficialCámara de Diputadas y Diputados · 25 de marzo de 2026
Enmienda del Senado que incorpora un inciso final, nuevo, al artículo 2 del proyecto, cuya votación separada fue solicitada por el diputado Jorge Brito, y que consta en las páginas 7 y 8 del comparado.
Instancia: TERCER TRÁMITE
Opción registrada: No Vota
Consultar fuente oficialCámara de Diputadas y Diputados · 25 de marzo de 2026
Enmiendas del Senado al artículo 3 del proyecto, cuya votación separada fue solicitada por el diputado Jorge Brito, y que constan en las páginas 10 a 16 del comparado.
Instancia: TERCER TRÁMITE
Opción registrada: No Vota
Consultar fuente oficialCámara de Diputadas y Diputados · 25 de marzo de 2026
Modificaciones incorporadas por el Senado en el proyecto de ley, originado en mensaje, que “Adopta medidas transitorias para contener el precio del kerosene doméstico en el contexto de la emergencia energética internacional, y otras medidas que indica.”, con la salvedad de aquellas cuya votación separada ha sido solicitada.
Instancia: TERCER TRÁMITE
Opción registrada: No Vota
Consultar fuente oficialCámara de Diputadas y Diputados · 24 de marzo de 2026
Artículo 3 del proyecto, en los términos propuestos por la Comisión de Hacienda, cuya votación separada ha sido solicitada por el diputado Jorge Brito, y que consta en las páginas 8 a 15 del comparado.
Instancia: PRIMER TRÁMITE
Opción registrada: Afirmativo
Consultar fuente oficialCámara de Diputadas y Diputados · 24 de marzo de 2026
Artículo 1 del proyecto en los términos propuestos por la Comisión de Hacienda, que coincide con el mensaje, cuya votación separada ha sido solicitada por el diputado Jorge Brito, y que consta en las páginas 1 a 3 del comparado.
Instancia: PRIMER TRÁMITE
Opción registrada: Afirmativo
Consultar fuente oficialCámara de Diputadas y Diputados · 24 de marzo de 2026
Artículo 2 del proyecto, en los términos propuestos por la Comisión de Hacienda, cuya votación separada ha sido solicitada por el diputado Jorge Brito, y que consta en las páginas 4 a 7 del comparado.
Instancia: PRIMER TRÁMITE
Opción registrada: Afirmativo
Consultar fuente oficialCámara de Diputadas y Diputados · 24 de marzo de 2026
Artículo 4 del proyecto en los términos propuestos por la Comisión de Hacienda, que coincide con el mensaje, cuya votación separada ha sido solicitada por los diputados Boris Barrera, Jorge Brito, y Juan Marcelo Valenzuela, y que consta en las páginas 15 a 17 del comparado.
Instancia: PRIMER TRÁMITE
Opción registrada: Afirmativo
Consultar fuente oficialCámara de Diputadas y Diputados · 24 de marzo de 2026
Votación 88489
Instancia: PRIMER TRÁMITE
Opción registrada: Afirmativo
Consultar fuente oficialCámara de Diputadas y Diputados · 24 de marzo de 2026
Artículos primero, segundo y tercero transitorios del proyecto, y que constan en las páginas 17 a 18 del comparado.
Instancia: PRIMER TRÁMITE
Opción registrada: Afirmativo
Consultar fuente oficialCámara de Diputadas y Diputados · 19 de enero de 2026
Disposición transitoria quincuagésima séptima contenida en el numeral 5) del artículo único del proyecto, cuya votación separada ha sido solicitada por el diputado Gustavo Benavente y Andrés Longton, que consta en las páginas 9 y 10 del comparado y que requiere para su aprobación del voto favorable de 86 diputadas y diputados, en virtud de lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política de la República.
Instancia: PRIMER TRÁMITE
Opción registrada: Afirmativo
Consultar fuente oficialCámara de Diputadas y Diputados · 19 de enero de 2026
Disposición transitoria quincuagésima sexta contenida en el numeral 5) del artículo único del proyecto, en los términos propuestos por el Mensaje; que consta en la página 8 del comparado, y que requiere para su aprobación del voto favorable de 86 diputadas y diputados, en virtud de lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política de la República.
Instancia: PRIMER TRÁMITE
Opción registrada: En Contra
Consultar fuente oficialCámara de Diputadas y Diputados · 19 de enero de 2026
Votación 87350
Instancia: PRIMER TRÁMITE
Opción registrada: En Contra
Consultar fuente oficialCámara de Diputadas y Diputados · 19 de enero de 2026
Disposición transitoria quincuagésima sexta contenida en el numeral 5) del artículo único del proyecto, en los términos propuestos por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento; cuya votación separada ha sido solicitada por el diputado Luis Sánchez, Andrés Longton y Gustavo Benavente; que consta en las páginas 8 y 9 del comparado, y que requiere para su aprobación del voto favorable de 86 diputadas y diputados, en virtud de lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política de la República.
Instancia: PRIMER TRÁMITE
Opción registrada: Abstencion
Consultar fuente oficialCámara de Diputadas y Diputados · 19 de mayo de 2025
Votación general
Instancia: PRIMER TRÁMITE
Opción registrada: Afirmativo
Consultar fuente oficialCámara de Diputadas y Diputados · 9 de julio de 2024
Artículo 9 del proyecto, en los términos sugeridos por la Comisión de Comisión de Futuro, Ciencias, Tecnología e Innovación, cuya votación separada ha sido solicitada por los diputados Gustavo Benavente y Johannes Kaiser.
Instancia: PRIMER TRÁMITE
Proyecto: Boletín 16686-19 · Dicta normas sobre transferencia de tecnología y conocimiento
Opción registrada: Afirmativo
Consultar fuente oficial